Comentari publicat a Diari ARA, 27/09/2011
Convé buscar la regió de viabilitat en les ineqüacions de la sanitat pública a Catalunya. La necessitat d’ajustar la despesa per preservar serveis és ineludible, si bé és excessiu el sacrifici exigit a la sanitat catalana. Els polítics han de definir amb transparència un escenari estable evitant sorpreses de fi d’any. Als gestors clínics els toca adequar els serveis penalitzant la manca de qualitat assistencial, fugint de retallades lineals, i prioritzant llistes d’espera i pacients en base a criteris d’efectivitat clínica. El conegut ús inadequat de medicaments i d’alguns procediments quirúrgics ofereix espai per a fer més amb menys. Sembla que siguin els propis usuaris els qui més entenen que cal reduir el mal ús amb indicis de moderació de la demanda. Ara cal que empleats públics i professionals sanitaris es centrin més en buscar un repartiment equilibrat de l’inevitable ajust retributiu dels empleats públics, que no pas en atrinxerar-se en suposats drets adquirits que ningú pot ja pagar.
Blog de comentarios sobre economía de la salud y del medicamento, y economía pública de JAUME PUIG-JUNOY/ Comments on health economics, pharmacoeconomics, and public economics by JAUME PUIG-JUNOY
martes, 27 de septiembre de 2011
miércoles, 14 de septiembre de 2011
Necesidad de cambios en el "modelo español" de farmacia
Comentario reproducido parcialmente en EL PAÍS, 17/09/2011, página 30
- ENTRADA EN EL MERCADO: Las restricciones de entrada en el mercado, junto con la política de margen comercial casi fijo, no favorecen precisamente el bienestar de los pacientes sino que son el reflejo de un inmovilismo que perpetúa un cuasi-monopolio, como pone de manifiesto el elevado precio que consiguen aún los traspasos de muchas oficinas de farmacia. La libertad de entrada en el mercado recomendada en su momento, hace ya unos años, por el Fondo Monetario Internacional debería ser gradual y controlada mediante, por ejemplo, subastas de licencias, sobre la base de criterios objetivos y transparentes, compensando las pérdidas incurridas por aquellos que recientemente hayan adquirido licencias a precios elevados.
- RETRIBUCIÓN: La reforma gradual y consensuada del sistema de retribución de las oficinas introduciendo sistemas de pago mixtos (combinaciones de pago fijo y márgenes decrecientes, y de márgenes diferenciales para favorecer la sustitución; posibles experiencias capitativas) podría ser el camino más eficiente, en paralelo con el desarrollo de la atención farmacéutica de primer nivel. La reducción del peso de las innovaciones en la facturación y la creciente cuota de mercado de los genéricos ha convertido en obsoleto e inviable el sistema actual de retribución, además de afectar la viabilidad de las farmacias rurales (véase la pseudo-introducción de un casi salario para farmacias demasiado pequeñas en las medidas del Consejo de Ministros del 19 de agosto pasado). Ni el aumento del número de recetas puede continuar como hasta ahora ni se debiera haber tolerado el sistema de elevados descuentos en las compras de genéricos como forma de compensación retributiva. Erróneamente, años atrás mientras el precio medio crecía las farmacias se han aferrado a la defensa de una forma de retribución que ni era equitativa ni tenía futuro.
- COMPETENCIA POSIBLE EN SERVICIOS Y COPAGO: la prohibición de realizar descuentos carece de sentido y es contraria a la competencia. El día, no muy lejano, en que se revise el trasnochado sistema de exención del copago de los medicamentos y se sustituya por un sistema en el que la mayoría de pacientes contribuyan hasta una cantidad límite fijada según su renta, es posible favorecer que las farmacias compitan con descuentos a ese copago (además de competir ofreciendo servicios que añadan valor para los pacientes crónicos).
- ENTRADA EN EL MERCADO: Las restricciones de entrada en el mercado, junto con la política de margen comercial casi fijo, no favorecen precisamente el bienestar de los pacientes sino que son el reflejo de un inmovilismo que perpetúa un cuasi-monopolio, como pone de manifiesto el elevado precio que consiguen aún los traspasos de muchas oficinas de farmacia. La libertad de entrada en el mercado recomendada en su momento, hace ya unos años, por el Fondo Monetario Internacional debería ser gradual y controlada mediante, por ejemplo, subastas de licencias, sobre la base de criterios objetivos y transparentes, compensando las pérdidas incurridas por aquellos que recientemente hayan adquirido licencias a precios elevados.
- RETRIBUCIÓN: La reforma gradual y consensuada del sistema de retribución de las oficinas introduciendo sistemas de pago mixtos (combinaciones de pago fijo y márgenes decrecientes, y de márgenes diferenciales para favorecer la sustitución; posibles experiencias capitativas) podría ser el camino más eficiente, en paralelo con el desarrollo de la atención farmacéutica de primer nivel. La reducción del peso de las innovaciones en la facturación y la creciente cuota de mercado de los genéricos ha convertido en obsoleto e inviable el sistema actual de retribución, además de afectar la viabilidad de las farmacias rurales (véase la pseudo-introducción de un casi salario para farmacias demasiado pequeñas en las medidas del Consejo de Ministros del 19 de agosto pasado). Ni el aumento del número de recetas puede continuar como hasta ahora ni se debiera haber tolerado el sistema de elevados descuentos en las compras de genéricos como forma de compensación retributiva. Erróneamente, años atrás mientras el precio medio crecía las farmacias se han aferrado a la defensa de una forma de retribución que ni era equitativa ni tenía futuro.
- COMPETENCIA POSIBLE EN SERVICIOS Y COPAGO: la prohibición de realizar descuentos carece de sentido y es contraria a la competencia. El día, no muy lejano, en que se revise el trasnochado sistema de exención del copago de los medicamentos y se sustituya por un sistema en el que la mayoría de pacientes contribuyan hasta una cantidad límite fijada según su renta, es posible favorecer que las farmacias compitan con descuentos a ese copago (además de competir ofreciendo servicios que añadan valor para los pacientes crónicos).
lunes, 5 de septiembre de 2011
UN GESTO COMO PUNTO DE PARTIDA
Comentario reproducido parcialment en EL GLOBAL, 16/09/2011
Una de las novedades del Real Decreto-ley 9/2011 es la creación del Comité de Coste-Efectividad de los Medicamentos y Productos Sanitarios. Su redacción es ésta:
«3. La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos tendrá en consideración los informes de evaluación que elabore la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, así como los informes que pueda elaborar el Comité de Coste- Efectividad de los Medicamentos y Productos Sanitarios. Dicho Comité, presidido por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, estará integrado por expertos designados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a propuesta de las Comunidades Autónomas, de las Mutualidades de funcionarios y del Ministerio. Las reglas de organización y funcionamiento del citado Comité serán establecidas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.»
Las medidas del Consejo de Ministros de 19 de agosto vuelven a cargar sobre el gasto sanitario y, más en concreto, de nuevo sobre los precios de los medicamentos. Aunque algunas de las medidas apuntan en la línea correcta, el ajuste parte de un diagnóstico equivocado sobre los precios, y le falta concreción para la aplicación de medidas de financiación selectiva basadas en la relación coste/efectividad -el coste por año de vida ajustado por calidad (AVAC).
La credibilidad del ajuste presupuestario no depende de las medidas concretadas en el Real Decreto sino de la de más calado y que menos se ha concretado hasta ahora, la financiación selectiva. Invertir en evaluar el valor terapéutico añadido o la eficacia incremental comparada de un nuevo tratamiento, o de los ya existentes en el mercado, es la forma más efectiva de garantiza la solvencia futura del sistema sanitario público.
Hasta ahora, instalados en el mundo de la barra libre farmacéutica, ha faltado voluntad política para la aplicación de criterios de financiación (cobertura, precio y nivel de copago) basados en el conocimiento científico. El primer criterio a aplicar es el de la efectividad clínica, la aportación terapéutica de las innovaciones, ya sean medicamentos o tecnologías médicas. La consideración de la relación coste/efectividad viene despues, una vez demostrado el incremento de eficacia en comparación con los tratamientos existentes.
La práctica de las agencias de evaluación de algunos países con bastante más experiencia que el nuestro ponen de relieve que lá mayoría de las innovaciones que tienen "problemas", los tienen más por la eficacia comparada que por la relación coste-efectividad. Ahora bien, la adopción decidida de criterios implícitos o explícitos de los que se puede pagar por un AVAC es imprescindible si se quiere garantizar la solvencia del SNS una vez que con la crisis financiera se ha esfumado la barra libre que nunca existió. Si no se pone orden a la financiación pública mediante criterios de financiación, precio y copago basados en la evidencia científífica (eficacia y coste-efectividad) se corre el riesgo de padecer (o continuar padeciendo) recortes indiscriminados y poco útiles de precios sin tener en cuenta para nada el valor de los medicamentos, y vernos amenazados por posibles nuevos copagos impuestos de forma indiscriminada y lineal también sin relación con la eficacia comparada ni con la relación coste-efectividad.
Siendo un paso en la dirección correcta, ahora lo que se requiere para que sea creible la utilización de criterios basados en la evidencia científica es un cambio bastante más estructural que la simple creación de un "comité de coste-efectividad" y que debería acompañar la puesta en funcionamiento de este comité, incluyendo por tanto una reforma casi completa de la actual fijación de precios e inclusión en la cobertura pública. Para abordar una financiación y un precio más eficiente de los medicamentos protegidos por una patente es necesario tomar ejemplo de la experiencia y práctica en la organización y procedimientos empleados en países europeos como Dinamarca, Inglaterra, Francia, Alemania, Holanda o Suecia. Véase como referencia reciente la excelente síntesis: C. Sorenson, "Use of comparative effectiveness research in drug coverage and pricing decisions: a six country comparison": http://www.commonwealthfund.org/~/media/Files/Publications/Issue%20Brief/2010/Jul/1420_Sorenson_Comp_Effect_intl_ib_71.pdf
Es necesaria la creación de una agencia de evaluación independiente, al estilo del Banco de España, emulando organismos similares en estos países y con la eficacia comparada y el coste por AVAC como guía y listón de medida. Una apuesta seria por el uso de la eficacia comparada en la financiación y precio de los medicamentos pasa por definir los criterios de selección de los medicamentos a evaluar (todos los nuevos, todos los no sometidos a precios de referencia, etc.), el tipo de estudios aceptados como evidencia, los estándares de las evaluaciones económicas a emplear, la forma de difundir e implementar las recomendaciones, un umbral de coste por AVAC, la difusión y publicidad de las recomendaciones de la agencia, la posibilidad de ocntratos de riesgo compartido para ciertos medicamentos, etc.
Más allá de la muy citada referencia inglesa del NICE, la reiente reforma de la política farmacéutica alemana de 2010 nos puede ofrecer ideas sugerentes sobre lo que hacen los que se toman el tema en serio. Los medicamentos que no han demostrado mayor beneficio terapéutico que los ya existentes, que son la mayoría, se incluyen dentro de un conjunto de referencia basado en la equivalencia terapéutica. El paciente siempre puede pagar la diferencia entre el precio de referencia y el del medicamento que se le ha prescrito, o no pagar ningún copago evitable adicional con la sustitución por un equivalente terapéutico. Todo ello con las excepciones clínicas que sean necesarias y justificadas. Para los medicamentos que han demostrado un valor terapéutico añadido o efica comparada incremental, se abre una negociación para fijar el precio de compra para los seguros públicos y privados. Si no se alcanza un acuerdo, un organismo arbitral establece el precio basándose en los precios internacionales.
El procedimiento de evaluación, para que sea útil y homologable a nivel internacional, debe centrarse más en la capacidad técnica que en la representación política autonómica; más en la independencia y la transparencia de procedimientos y decisiones que en opacidad administrativa y burocrática que elude dar explicaciones; más en aprovechar y compartir la experiencia e información de las mejores agencias europeas que en aumentar la nómina de las excesivas agencias autonómicas y nacional; más en evaluar el impacto de las propias decisiones que en la autocomplacencia, etc. Confío que la medida aprobada se implemente y que se haga no como una nueva carga administrativa de escasa utilidad sino que sea el primer paso para reformar a fondo -refundar- la forma de financiar y pagar por los medicamentos en nuestro país.
Una de las novedades del Real Decreto-ley 9/2011 es la creación del Comité de Coste-Efectividad de los Medicamentos y Productos Sanitarios. Su redacción es ésta:
«3. La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos tendrá en consideración los informes de evaluación que elabore la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, así como los informes que pueda elaborar el Comité de Coste- Efectividad de los Medicamentos y Productos Sanitarios. Dicho Comité, presidido por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, estará integrado por expertos designados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a propuesta de las Comunidades Autónomas, de las Mutualidades de funcionarios y del Ministerio. Las reglas de organización y funcionamiento del citado Comité serán establecidas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.»
Las medidas del Consejo de Ministros de 19 de agosto vuelven a cargar sobre el gasto sanitario y, más en concreto, de nuevo sobre los precios de los medicamentos. Aunque algunas de las medidas apuntan en la línea correcta, el ajuste parte de un diagnóstico equivocado sobre los precios, y le falta concreción para la aplicación de medidas de financiación selectiva basadas en la relación coste/efectividad -el coste por año de vida ajustado por calidad (AVAC).
La credibilidad del ajuste presupuestario no depende de las medidas concretadas en el Real Decreto sino de la de más calado y que menos se ha concretado hasta ahora, la financiación selectiva. Invertir en evaluar el valor terapéutico añadido o la eficacia incremental comparada de un nuevo tratamiento, o de los ya existentes en el mercado, es la forma más efectiva de garantiza la solvencia futura del sistema sanitario público.
Hasta ahora, instalados en el mundo de la barra libre farmacéutica, ha faltado voluntad política para la aplicación de criterios de financiación (cobertura, precio y nivel de copago) basados en el conocimiento científico. El primer criterio a aplicar es el de la efectividad clínica, la aportación terapéutica de las innovaciones, ya sean medicamentos o tecnologías médicas. La consideración de la relación coste/efectividad viene despues, una vez demostrado el incremento de eficacia en comparación con los tratamientos existentes.
La práctica de las agencias de evaluación de algunos países con bastante más experiencia que el nuestro ponen de relieve que lá mayoría de las innovaciones que tienen "problemas", los tienen más por la eficacia comparada que por la relación coste-efectividad. Ahora bien, la adopción decidida de criterios implícitos o explícitos de los que se puede pagar por un AVAC es imprescindible si se quiere garantizar la solvencia del SNS una vez que con la crisis financiera se ha esfumado la barra libre que nunca existió. Si no se pone orden a la financiación pública mediante criterios de financiación, precio y copago basados en la evidencia científífica (eficacia y coste-efectividad) se corre el riesgo de padecer (o continuar padeciendo) recortes indiscriminados y poco útiles de precios sin tener en cuenta para nada el valor de los medicamentos, y vernos amenazados por posibles nuevos copagos impuestos de forma indiscriminada y lineal también sin relación con la eficacia comparada ni con la relación coste-efectividad.
Siendo un paso en la dirección correcta, ahora lo que se requiere para que sea creible la utilización de criterios basados en la evidencia científica es un cambio bastante más estructural que la simple creación de un "comité de coste-efectividad" y que debería acompañar la puesta en funcionamiento de este comité, incluyendo por tanto una reforma casi completa de la actual fijación de precios e inclusión en la cobertura pública. Para abordar una financiación y un precio más eficiente de los medicamentos protegidos por una patente es necesario tomar ejemplo de la experiencia y práctica en la organización y procedimientos empleados en países europeos como Dinamarca, Inglaterra, Francia, Alemania, Holanda o Suecia. Véase como referencia reciente la excelente síntesis: C. Sorenson, "Use of comparative effectiveness research in drug coverage and pricing decisions: a six country comparison": http://www.commonwealthfund.org/~/media/Files/Publications/Issue%20Brief/2010/Jul/1420_Sorenson_Comp_Effect_intl_ib_71.pdf
Es necesaria la creación de una agencia de evaluación independiente, al estilo del Banco de España, emulando organismos similares en estos países y con la eficacia comparada y el coste por AVAC como guía y listón de medida. Una apuesta seria por el uso de la eficacia comparada en la financiación y precio de los medicamentos pasa por definir los criterios de selección de los medicamentos a evaluar (todos los nuevos, todos los no sometidos a precios de referencia, etc.), el tipo de estudios aceptados como evidencia, los estándares de las evaluaciones económicas a emplear, la forma de difundir e implementar las recomendaciones, un umbral de coste por AVAC, la difusión y publicidad de las recomendaciones de la agencia, la posibilidad de ocntratos de riesgo compartido para ciertos medicamentos, etc.
Más allá de la muy citada referencia inglesa del NICE, la reiente reforma de la política farmacéutica alemana de 2010 nos puede ofrecer ideas sugerentes sobre lo que hacen los que se toman el tema en serio. Los medicamentos que no han demostrado mayor beneficio terapéutico que los ya existentes, que son la mayoría, se incluyen dentro de un conjunto de referencia basado en la equivalencia terapéutica. El paciente siempre puede pagar la diferencia entre el precio de referencia y el del medicamento que se le ha prescrito, o no pagar ningún copago evitable adicional con la sustitución por un equivalente terapéutico. Todo ello con las excepciones clínicas que sean necesarias y justificadas. Para los medicamentos que han demostrado un valor terapéutico añadido o efica comparada incremental, se abre una negociación para fijar el precio de compra para los seguros públicos y privados. Si no se alcanza un acuerdo, un organismo arbitral establece el precio basándose en los precios internacionales.
El procedimiento de evaluación, para que sea útil y homologable a nivel internacional, debe centrarse más en la capacidad técnica que en la representación política autonómica; más en la independencia y la transparencia de procedimientos y decisiones que en opacidad administrativa y burocrática que elude dar explicaciones; más en aprovechar y compartir la experiencia e información de las mejores agencias europeas que en aumentar la nómina de las excesivas agencias autonómicas y nacional; más en evaluar el impacto de las propias decisiones que en la autocomplacencia, etc. Confío que la medida aprobada se implemente y que se haga no como una nueva carga administrativa de escasa utilidad sino que sea el primer paso para reformar a fondo -refundar- la forma de financiar y pagar por los medicamentos en nuestro país.
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