Tal como expresamos en el documento de FEDEA, encargado por la AIREF, no encontramos ninguna razón de equidad para que el tratamiento deba ser distinto para los pensionistas. La distinción proviene de los Pactos de La Moncloa, en 1978, cuando se les concedió a los pensionistas la exención del copago como compensación parcial en la negociación del aumento de las pensiones.
Lo lógico y de sentido común (sin cuestionar el modelo actual de copago, aunque hay razones para hacerlo en su globalidad) es que el tratamiento sea el mismo para los pensionistas que para los activos a igual renta. En este sentido, que los tramos de renta sean los mismos para los pensionistas no es ninguna mala idea, es más, el problema de equidad se encuentra en los activos con elevados porcentajes de copago sin límite máximo. En el caso de los pocos pensionistas que podrían verse afectados por un potencial aumento del porcentaje de copago más allá de los 18 mil euros de renta anual, el límite máximo ya vigente haría que ello supusiera un efecto recaudatorio relativamente bajo ya que sólo afectaría a los más sanos que no alcanzan el límite (y con el aumento del porcentaje alcanzarían el límite aún con más facilidad).
En fin, un dejà vu, en lugar de repensar el modelo de copago (exención más a jóvenes con escasos recursos que a pensionistas es la tendencia en Europa, y exencióna los medicamentos más efectivos y necesarios a fin de no afectar la adherencia en enfermedades crónicas, que ya de por si es bastante baja), la ministra ha abierto la boca con un tema menor y como es el temible "copago" ha levantado las iras sólo por hablar del tema.
Sobre el efecto de la potencial supresión de las tasas (otra forma de aplicación del principio de beneficio en servicios público, como los copagos) en EDUCACIÓN ver este artículo muy interesante para desmitificar apriorismos ideológicos en el diari ARA.
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