domingo, 24 de marzo de 2013

RAZONES PARA REGULAR EL PRECIO DE LOS MEDICAMENTOS



La necesidad de regular precios en el mercado farmacéutico puede provenir de una competencia insuficiente o muy débil debida al poder de mercado temporal de los productores, al carácter oligopolístico en muchos submercados terapéuticos, a la reducida elasticidad de la demanda y a la información imperfecta de los prescriptores.

En general, tiende a observarse que “la elasticidad precio” de los medicamentos es reducida, lo cual se agrava por el hecho de que, en la mayoría de sistemas sanitarios, el consumidor no paga la totalidad del precio. Incluso la elasticidad de sustitución entre los medicamentos de diferentes grupos terapéuticos puede ser casi nula. La existencia de seguros incentiva un mayor nivel de consumo y facilita la aplicación de precios más elevados (riesgo moral) (Danzon, 2011; Puig-Junoy, 2005).

El número de fármacos es tan amplio y evoluciona de forma tan rápida que pocos médicos prescriptores, los agentes que toman decisiones en nombre del consumidor, conocen todas las alternativas y el valor terapéutico de cada una de ellas (información imperfecta). En esta situación las actividades de promoción por los productores como casi única fuente de información de los prescriptores pueden ser muy rentables (elevado beneficio marginal), especialmente si el sistema de financiación permite la recuperación de costes de las empresas (coste marginal reducido de las actividades de promoción comercial) mediante traslado a precios. 

El objetivo de la regulación de precios debe ser la contribución al aumento de la eficiencia productiva y económica (mejora del bienestar), teniendo en cuenta el conflicto de objetivos que existe en este mercado entre un nivel de precios moderado que mejoraría, supuestamente, el excedente del consumidor (en parte, a costa del productor) y el retraso en el progreso técnico que limitaría la disponibilidad de innovaciones que permiten mejorar el estado de salud, puesto que la financiación en I+D es privada. La cuestión estriba en evaluar en cada caso si los efectos para el excedente del consumidor y del productor de una moderación de precios son mayores o menores que la ganancia esperada de los nuevos productos. La comparación de estos dos factores en cada país puede ofrecer resultados diferentes en función de la influencia de la política nacional sobre la actividad innovadora: esta influencia depende de la dimensión del mercado nacional en el contexto internacional y, especialmente, de la importancia de la actividad innovadora que lleva a cabo la industria residente en el propio país. En la práctica, el ejercicio de la regulación de los precios farmacéuticos representa, en todos los países, un constante equilibrio entre objetivos de salud, industriales, de empleo y de gasto público.

La discusión sobre la justificación de las políticas de regulación de precios de los medicamentos para mejorar el bienestar puede estar fundamentada en tres tipos de argumentos (Puig-Junoy, 2005).

En primer lugar, los fallos del mercado farmacéutico antes enumerados pueden tener una reducida relevancia empírica, lo cual puede hacer innecesaria su regulación o puede hacer aconsejable el empleo de políticas más flexibles de control de precios. Por ejemplo, las justificaciones de la regulación basadas en la casi ausencia de competencia parecen débiles cuando se observan los mercados con productos cuya patente ha expirado. Cuando la patente de un producto expira debieran desaparecer las barreras de entrada, ya que la información sobre la composición del principio activo se convierte en pública, y otras empresas no debieran tener demasiados problemas en reproducir el proceso productivo.

Durante el período de protección de un producto por una patente no se puede afirmar necesariamente que existe un único proveedor del fármaco. La competencia que suponen los nuevos productos del mismo grupo terapéutico y con la misma finalidad que aparecen en el mercado acorta cada vez más el período de tiempo durante el cual el innovador no tiene ningún competidor, por lo que el nivel de competencia en el mercado de productos bajo patente puede ser más rápida y superior a lo que comúnmente se supone. En la medida en que se produzca esta situación el innovador inicial tendrá más dificultades para mantener precios de monopolio. Algunas observaciones empíricas son relevantes al respecto, como por ejemplo el hecho de que la demanda de productos de marca es bastante sensible al precio de los genéricos, e incluso en algunos casos lo es respecto del precio de los sustitutos terapéuticos de marca.

La situación más comúnmente reconocida es la de que la competencia en el mercado de fármacos con receta y protegidos por una patente es insuficiente para producir el nivel óptimo de información o el nivel óptimo de bienestar, por lo que resulta necesario establecer algún tipo de regulación. En cambio, la regulación de precios en los mercados de fármacos sin receta, o cuya patente ha expirado, carece de justificación teórica.

En segundo lugar, los efectos de los fallos del mercado farmacéutico se podrían atenuar o mitigar de forma más efectiva mediante otro tipo de políticas, tales como el fomento de la competencia o la producción y difusión de información sobre la eficacia de los medicamentos, compatibles con la existencia de un mercado con precios no regulados. Así por ejemplo, los problemas de información imperfecta se pueden atenuar mediante políticas informativas adecuadas basadas en la relación coste-efectividad de los medicamentos y en incentivos apropiados a los prescriptores, que no deberían afectar negativamente los incentivos a la innovación, como es el caso del control de precios. O, por otro lado, la sensibilidad de la demanda frente al precio de los medicamentos (elasticidad precio) se puede aumentar mediante políticas de participación del usuario en el coste de los medicamentos (reducción selectiva de los seguros). En estos casos, desde el punto de vista del bienestar social, habría que comparar los costes y beneficios de estas medidas con los derivados del control de precios.

La idea básica que subyace en esta segunda línea crítica con la regulación de precios se basa en la potencial mejora sobre el bienestar social, que pueden aportar medidas que en lugar de dar por hecho que la competencia es insuficiente tienen como objetivo precisamente aumentarla. No se trataría, según este enfoque, de suprimir la regulación, sino de modificar el tipo de instrumento regulatorio: menos intervención directa sobre los precios y mayor difusión de la información sobre la relación coste-efectividad de los fármacos, o incentivos adecuados a pacientes y prescriptores para reducir el riesgo moral, por ejemplo.

Y, en tercer lugar, puesto que la intervención reguladora ocasiona tanto beneficios como costes, pudiera ser que los beneficios de los controles de precios se vieran más que compensados (pérdida de bienestar) por los costes de los controles de precios en forma de costes administrativos, costes de transacción y distorsiones en los incentivos derivadas de la propia regulación.

En los países con seguros públicos que actúan como compradores monopsonistas de los medicamentos la regulación de precios establecida en el ámbito nacional puede ocasionar notables distorsiones debido a la importante presencia de costes globales, hundidos y conjuntos para diversos países (R+D). La minimización del gasto del asegurador puede favorecer la adopción de políticas restrictivas de regulación de precios que permitan cubrir los costes marginales (alrededor del 30% del coste total), dando por supuesto que ya será otro quien soportará la financiación de los costes conjuntos (comportamiento free-rider). La pérdida de bienestar puede ser ocasionada por el hecho de que el monopsonista fuerza los precios nacionales a la baja hasta el coste marginal a corto plazo, el cual resulta insuficiente para financiar los costes de inversión y desarrollo (costes hundidos y conjuntos). El resultado puede ser una oferta inferior a la socialmente deseable (subóptima) a largo plazo de innovaciones farmacéuticas.

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